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Ohio vuelve a la carga

No levantamos los ojos sobre las noticias de actualidad en cuanto a las leyes que protegen al nonato, ¿Se pueden evitar más crímenes? Atención, Ohio vuelve a la carga, nos lo cuenta nuestro corresponsal número uno.

«Ohio vuelve a la carga», Miguel Toledano

Hace un año dimos cuenta del proyecto de ley de Ohio, en los Estados Unidos, para prohibir el aborto a partir de las seis a ocho semanas de gestación, esto es, cuando cabe detectar el latido del corazón del bebé, con la excepción de los casos de riesgo para la vida o salud de la madre.

Esa ley, denominada Ley de Protección del Latido del Corazón y que acabaría con el noventa por ciento de los abortos perpetrados en ese estado de la Unión, fue paralizada por un juez federal en julio, justo antes de su entrada en vigor, por entender que es susceptible de ser inconstitucional, de acuerdo con la todavía vigente jurisprudencia del Tribunal Supremo estadounidense.

Es posible que en los próximos meses el contencioso llegue a dicha prestigiosa corte, ofreciéndole la posibilidad de modificar la doctrina legal existente desde hace más de cuarenta y cinco años para permitir a las mujeres acceder al aborto legal.

Entretanto, el pasado lunes la Casa de Representantes de la capital Columbus ha vuelto a lanzar una iniciativa de protección de la vida del nonato que va más allá de la Ley de Protección del Latido del Corazón.  En concreto, la diputada Candice Keller y su colega Ron Hood, ambos del Partido Republicano, han introducido un proyecto de ley, con la friolera de más de setecientas páginas repletas de tecnicismos legales, que crea el delito de asesinato por aborto.

La Sra. Keller ha justificado su iniciativa afirmando que ha llegado el momento de “abolir el aborto en su integridad”, pues “todo individuo tiene un derecho inviolable e inalienable a la vida”.

En efecto, el artículo 2904.04 del proyecto establece que “nadie realizará o tendrá un aborto voluntariamente”.  Dicha acción se califica de “delito de asesinato por aborto” y lleva aparejada pena de reclusión de quince años a cadena perpetua, más multa de hasta 15.000 dólares.  A su vez, el artículo 2904.03 añade que “nadie realizará o tendrá un aborto voluntariamente y con previo cálculo y diseño”, acción que queda englobada en el delito de asesinato por aborto agravado, sancionado con la cadena perpetua o incluso la pena capital, más multa de hasta 25.000 dólares.

Se define persona como “humano no nacido viable”.  Esta definición tiene su importancia, puesto que considerar a los humanos no nacidos como personas implicará, con toda lógica, que matar a dichos humanos con carácter prenatal pueda llevar aparejado el estatuto de asesinato.

“Viable” se define como el “estado de desarrollo de un feto humano en el que hay una probabilidad realista de mantener y alimentar una vida fuera del seno materno con o sin apoyo artificial temporal para el mantenimiento de la vida”.

Se define “niño no nacido” como “organismo individual de la especie Homo sapiens desde la fertilización hasta el nacimiento vivo”.  Se reconoce, por consiguiente, que los niños no nacidos son seres humanos desde el momento de la concepción, mereciendo por consiguiente la protección de la ley.

Se permite el aborto, como excepción, si el médico cree que “es altamente probable que la mujer embarazada morirá por una condición fatal cierta antes de que su hijo no nacido sea viable”.

“Condición fatal cierta” se define como “una enfermedad o herida que llevará a la muerte del paciente, no incluyendo condiciones relativas a la salud mental del paciente o al embarazo en sí”.

Pero, además, para que el médico no sea procesado por delito de asesinato por aborto o, en su caso, asesinato por aborto agravado, es preciso que “tome todas las medidas posibles para preservar la vida del niño no nacido, mientras preserva la vida de la madre”.

Seguiremos el proceso legislativo de este proyecto, quizás uno de los más ambiciosos de toda la Unión, junto con el de Alabama, sobre el que ya hemos informado a nuestros lectores y que ha sido igualmente paralizado por un juez dos semanas antes de entrar en vigor.  De entrada, tanto la Casa de Representantes como el Senado de Ohio están dominados por el Partido Republicano, lo que augura un íter positivo; por su parte, el Gobernador es Mike DeWine, igualmente miembro del partido del elefante, por lo que es previsible que, sin perjuicio de las consabidas presiones de la élite abortista o de modificaciones que pudieran diluir su contenido, la ley sea sancionada.

Mas es igualmente probable, que, de alcanzar el rango de ley del estado federado, la norma sea bloqueada por algún otro juez…  Hasta que la Corte Suprema se pronuncie.

Miguel Toledano Lanza

Domingo vigésimo cuarto después de Pentecostés, 2019

¿Quieren leer los anteriores artículos de Miguel Toledano sobre el aborto? No se pierdan ni un sólo artículo:

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Author: Miguel Toledano
Miguel Toledano Lanza es natural de Toledo. Recibió su primera Comunión en el Colegio Nuestra Señora de las Maravillas y la Confirmación en ICADE. De cosmovisión carlista, está casado y es padre de una hija. Es abogado y economista de profesión. Ha desempeñado distintas funciones en el mundo jurídico y empresarial. Ha publicado más de cien artículos en Marchando Religión. Es fiel asistente a la Misa tradicional desde marzo de 2000. Actualmente reside en Bruselas. Es miembro fundador de la Unión de Juristas Católicos de Bélgica.