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Control de la natalidad

¿Es permisible el control de la natalidad? ¿Puede la pareja casada beneficiarse de los ciclos de infertilidad de la esposa?

Control de la natalidad. Por Raoul Plus, S.J

Traducido por Augusto Pozuelos para Marchando Religión

Está prohibido LIMITAR la procreación mediante la práctica de dispositivos anticonceptivos, sin renunciar a la unión sexual.

Nadie tiene derecho a reprimir la vida. Eliminar a un adulto vivo es homicidio; acabar con el niño vivo en el curso de su desarrollo dentro del útero de su madre es el delito de aborto; destruir la semilla de la vida, en el mismo acto generativo para evitar una posible concepción, es el onanismo, llamado así en honor a Onán en el Antiguo Testamento, que se entregó a esta práctica.

Nadie tiene derecho a frustrar un acto que por su naturaleza es productivo de vida, y por su autoridad propia, frustrar el efecto del mismo, que es la generación de una vida. Debe permitirse que la naturaleza siga su curso.

Sin embargo, si por alguna razón decretada por la Providencia, la concepción no tiene lugar, ese es el acto de Dios. El individuo no ha matado ni buscado matar vidas humanas por su propia decisión. Ya se ha dicho que limitar la procreación absteniéndose de las relaciones sexuales está dentro del derecho del esposo y la esposa.

Sin embargo, existe otro método anticonceptivo que se ha debatido mucho y sobre el que es fundamental tener las ideas claras. ¿Puede la pareja casada beneficiarse de los ciclos de infertilidad de la esposa, como sugiere la teoría del ritmo, limitando su unión sexual a períodos que parecen menos propensos a dar lugar a la concepción? La respuesta a esa pregunta debería ser matizada.

Adoptar esta práctica temporalmente para espaciar un poco los nacimientos sin tener que privarse unos de otros es ciertamente diferente a hacer la práctica habitual para evitar definitivamente tener hijos o evitarlo al menos durante mucho tiempo.

Ciertamente se necesitan razones más graves para justificar la segunda instancia que para justificar la primera. ¿Son las razones puramente egoístas? Entonces los esposos son plenamente culpables. No violan con su conducta la ley de castidad en el matrimonio, eso es cierto, pero violan la ley de la caridad, o para decirlo más gráficamente, la ley de la fecundidad.

El plan de Dios para las personas casadas en este asunto de la fecundidad no es que tengan la mayor cantidad de hijos posible. Más bien se trata de que tengan el mayor número que sean capaces de criar bien, considerando la posición en la que los ha colocado la Providencia o, en otras palabras, teniendo en cuenta la salud, la situación económica de la familia, y otras consideraciones por el estilo. Es un problema de honestidad.

Depende de cada individuo enfrentarse directamente a este problema, y examinarse sinceramente sobre la total honestidad de su manera de actuar. Entonces tal persona estará lista para meditar a menudo sobre las razones que argumentan a favor de llenar las cunas.

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Author: Marchando Religion
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