Empezaremos a definir qué se entiende por sociedad orgánica y sus diferencias con respecto a la sociedad poliédrica o de la muchedumbre. Apuntaremos a redescubrir los aportes de una visión organicista de lo social y su relación con la doctrina cristiana.
Catolicismo y Política. Conceptos Sociológicos, 3ª parte. El Concepto de Sociedad Orgánica
Hasta aquí hemos analizado distintos puntos que conforman lo que denominamos la sociedad poliédrica o de la muchedumbre. Ahora enfocaremos nuestra reflexión en torno a un concepto de sociedad diferente.
Apuntaremos a definir lo que comúnmente se llama concepto organicista de la sociedad, sus características salientes y sus diferencias con lo examinado en los dos artículos anteriores.
Se trata entonces de pensar a la sociedad ya no como un conjunto de partes diversas y muchas veces antagónicas. Ya hemos visto que bajo este concepto de sociedad de la muchedumbre, la unidad o la cohesión social surgen cuando una de las partes logra constituirse como un actor social hegemónico. Las diferencias se armonizan por medio de una autoridad hegemónica que concentra el poder y la capacidad de establecer un orden determinado en base a sus intereses. Ese orden se basa en lograr alianzas y acuerdos hegemónicos pero también en reducir y someter al resto de las partes que forman parte del sistema social. Por lo tanto, la unidad es una consecuencia no es la causa del orden social.
Bajo este paradigma, el orden social es de carácter artificial fundado en la multiplicidad y diversidad de las partes, como así también se registra la presencia latente y real de la conflictividad social. Las diferencias entre las partes de la sociedad son consideradas desde punto de vista del conflicto social. Surgen así teorizaciones sobre la lucha de clases, de minorías (étnicas, de género, etc) y sistemas institucionales que garantizan un esquema opresivo y de relaciones de poder. Las identidades tanto individuales como sociales surgen de una interacción social y de los contrastes que van surgiendo. No hay identidades en sí mismas, sino meras construcciones y percepciones sociales de lo que es “ser uno mismo” y lo que es “el otro”.
El concepto de sociedad orgánica se diferencia de lo recién expuesto. Por un lado considera al hombre con una naturaleza social y una tendencia a vivir en sociedad que es innata y pertenece a la naturaleza de un ser desde su origen. Por otro lado, las diferencias entre los seres humanos están articuladas en base a un orden ya establecido por la misma naturaleza de las cosas. Existe una naturaleza de las cosas de carácter objetiva. La pluralidad convive de manera armónica, y cada parte se articula de manera diferencial con respecto a las otras. Cada parte es esencial para una totalidad que es previa y portadora de la unidad. La condición natural de una sociedad no es el conflicto latente sino la unidad.
Ya nos hemos referido anteriormente al concepto de orden natural, siendo éste fundamental para poder pensar a la sociedad orgánica. Existe un orden que va más allá de la capacidad creadora de los hombres, este orden existe como creación directa de Dios y además posee sus correspondientes leyes que lo conforman. O sea, que el orden natural no es creación intersubjetiva, ni una construcción mental del hombre, sino que ya existe independientemente de que el mismo hombre lo reconozca o no. Es más, la condición propia del ser humano lo incluye en dicho orden, ya que sin tal pertenencia, se haría prácticamente imposible la vida humana.
Como ya se mencionó, una de las características de este ordenamiento natural es la sociabilidad del hombre. El ser humano ha nacido para vivir en sociedad, por ejemplo, desde el momento en que procrearse necesita de dos personas, varón y mujer, para poder acceder a bienes materiales como vivienda, vestido y alimento, necesariamente debe relacionarse con otros individuos para poder sobrevivir. De modo que el hombre, como persona única, tiene un instinto básico de supervivencia, y es así que tendrá, como esencia propia de su género humano una necesaria tendencia hacia la cooperación para asegurarse la vida; y por lo tanto, será la manera natural y ‘normal’ en las relaciones sociales, incluidas las económicas, las jurídicas y las políticas.
Este orden natural no sólo es de constitución biológica, sino que tiene principios y fundamentos morales y éticos. Las mismas leyes que lo conforman buscan articular un correcto desempeño y articulación de las partes que componen dicho orden. Es por ello que el hombre es mucho más que una creatura biológica sino que guarda en su seno principios morales. Explayarnos sobre este tema implicaría un artículo particular sobre el mismo, sin embargo podemos decir que estas leyes y principios morales son los que posibilitan la conformación de un ordenamiento social.
De este modo, el orden natural posee en su propia matriz una idea de totalidad, no sólo de carácter biológico sino moral-valorativo, que garantiza la existencia de lo social y posibilita la vida misma del ser humano.
El concepto de sociedad orgánica toma en cuenta las condiciones del orden natural y es a partir de tales principios que se desarrolla como teoría social.
Esta concepción, supone que la sociedad es una totalidad y que los elementos o las partes que la componen se articulan en una determinada estructura social. Tales elementos constitutivos tienen características propias que los hacen singulares y únicos, pero que son interdependientes entre sí. Es decir, que trabajan en conjunto para promover una estabilidad y para satisfacer las necesidades de cada parte. A su vez, existen principios, valores y normas que son comunes a todas las partes y que otorgan sentido y cohesión. Estos principios, volvemos a repetir, no son resultado de acuerdos voluntarios, sino que ya están y forman parte de la misma naturaleza del orden social.
Según palabras de Juan Vallet de Goytisolo , “Orgánica” se dice de la forma del orden social para mentar una pluralidad de modos de asociación humanos que, siendo partes esenciales del todo, conservan sus fines y que participan del fin de bien común que compete al Estado o a la comunidad política más extensa. Es la tomista «unidad de orden», que no se entiende al modo de una unidad física natural sino como unidad moral.
Entonces, una sociedad orgánica está definida por la existencia de principios-valores fundacionales que dan sustento normativo al ordenamiento, la interacción de las partes, establece la fuente de legitimidad de las autoridades e instituciones y tales principios están bajo el concepto de bien común.
Asimismo, las partes o la multiplicidad de partes, incluyen a una vasta cantidad de singularidades que forman parte del orden social. Cada una de estas partes tienen sus propias esencias y singularidades, cumplen una función y tienen roles asignados. La diferenciación de funciones y roles implica que existan jerarquías y diferencias. Por lo tanto, la desigualdad es producto de tales singularidades y forma parte del orden social. Sin embargo, ello no implica que por tales diferencias se justifique el abuso o la arbitrariedad, ya que como dijimos por sobre las partes hay una totalidad y además hay principios-valores que trascienden los intereses singulares.
Un punto a considerar es que esta sociedad orgánica no funciona como una estructura bilógica, ni mucho menos pretende ser un orden mecanicista. Lejos de eso, ya hemos mencionado la naturaleza social del hombre, pero ahora recordaremos que también posee libre albedrio y que además su naturaleza es imperfecta.
Por lo tanto, lo singular no se comporta como una abeja en un panal, ni sus comportamientos están pre-determinados. No hay automatismo social. Todo ello se manifiesta en la esfera cultural de la sociedad, y es allí donde el ser humano expone toda su capacidad creativa y expresa la condición de libre albedrío. Y en el campo de lo cultural en el sentido amplio, donde se entrecruzan los principios objetivos del ordenamiento natural y las capacidades creadoras del ser humano.
¿Pero ello implica que no hay conflictos sociales?. A diferencia de las teorías sociales del estructural-funcionalismo, en una sociedad orgánica sí pueden existir conflictos, y éstos se dan con motivo de esa imperfección propia del ser humano al que nos hemos referido y además como condición propia del libre albedrío. De manera sencilla, el conflicto se produce por lo tanto, cuando alguna parte social no logra interpretar de manera clara los principios ordenadores de la totalidad social, o simplemente decide por libre voluntad oponerse u obrar de manera contraria a dichos principios (ideologías contrarias al orden natural, por ejemplo.)
Si analizamos la realidad actual podemos percibir como el ser humano se ha alejado voluntariamente de los principios y valores cristianos que fundaron a la sociedad occidental. Los procesos revolucionarios implicaron la pretensión de imponer un modelo de sociedad fundada sobre la voluntad del hombre, relegando a la voluntad de Dios a una mera creencia de la conciencia subjetiva.
En el próximo artículo culminaremos por definir la concepción de sociedad orgánica.
Leonardo Olivieri
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Nuestra recomendación externa, el canal del Padre Javier Olivera Ravassi: QNTLC
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