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Modificación constitucional en Wisconsin

«Toda persona humana es creada por Dios, a Su imagen y semejanza, por lo que toda persona humana es sagrada«, ¿Podemos esperar una modificación constitucional en Wisconsin?

Modificación constitucional en Wisconsin, un artículo de Miguel Toledano

El pasado 7 de febrero, diecinueve diputados del estado de Wisconsin, todos ellos del Partido Republicano, así como tres senadores del mismo partido, propusieron una enmienda constitucional que dará que hablar.

Se trata de la llamada Enmienda de la Personalidad de Wisconsin, que lleva el número AJR 130 en el boletín de las cortes de la capital Madison.

Dicha enmienda supone una reforma del artículo 1 de la Constitución del estado, que en la actualidad establece lo siguiente:

“Todas las personas nacen igualmente libres e independientes y tienen ciertos derechos inherentes; entre éstos se encuentran la vida, la libertad y la búsqueda de la felicidad.”

Pues bien, esta modificación elimina el término “nacer”, de lo que resultaría el tenor literal siguiente:

“Todas las personas son igualmente libres e independientes, etc.”

Con ello, el legislador trata de otorgar protección constitucional a las personas no nacidas.

Adicionalmente, se añadiría al citado artículo primero la siguiente frase aclaratoria:

“En lo relativo al derecho a la vida, el término ‘personas’ se aplicará a todo ser humano en cualquier estado de desarrollo, nacido o no nacido.”

Como puede comprobarse, esta iniciativa legislativa del más alto rango en aquel territorio no supone una prohibición expresa del aborto.

Se intenta, por el contrario, alinear la definición de persona con el estado de la ciencia, que corrobora que la vida comienza en la concepción, así como reservar la materia al poder legislativo, toda vez que es habitual en los Estados Unidos que los jueces puedan otorgar máxima protección legal a los autores de abortos e incluso creen un supuesto “derecho fundamental al aborto”, como ha ocurrido nada menos que en quince estados (recientemente en Kansas y Iowa).

En realidad, tanto el texto de la enmienda como el de la previa declaración constitucional son, en sí, criticables.

Si la propuesta sigue adelante, el legislativo podrá definir por ley el alcance de la protección otorgada a las personas no nacidas. Es decir, que en teoría esta protección podría ser nula o insuficiente. Todo queda reducido a lo que el poder legislativo decida, por mayoría.

Sin embargo, en la práctica ésta es una situación preferible a la ahora existente, puesto que la sociedad de aquel estado es mayoritariamente cristiana, lo que hace prever que retirar la materia de la intromisión judicial para reservársela a los representantes en cortes es una maniobra que puede redundar, a medio plazo, en la mayor protección del nasciturus.

Es ésta una vía típicamente americanista, que fía el derecho político al juego favorable de la mayoría, antes que a la naturaleza de las cosas. En esto, no podemos compartir en el fondo ni la bondad de la propuesta ni la del sistema, aunque reconozcamos una cierta virtualidad práctica frente al erial europeo.

El mismo tenor constitucional es inasumible. ¿Cómo que las personas son iguales e independientes? ¿Dónde está esa igualdad en la naturaleza? Los católicos sabemos que cada alma ha sido creada diferente por Dios y cada uno tenemos un lugar específico, tanto en la tierra como, deseablemente, en el cielo, por lo que tal igualdad esencial resulta una pretensión disparatada.

Por otra parte, ¿es independiente un bebé? Si no lo somos las personas adultas, puesto que no sólo dependemos de la causa primera, sino que también necesitamos a los demás para poder vivir en sociedad como animales políticos que somos, mucho menos lo es un ser humano aún por nacer, un niño, un adolescente hasta la mayoría de edad o, en España, hasta los treinta y cinco años, en que abandona el hogar paterno. Eso de que las personas son independientes será en Wisconsin.

En todo caso, a los seis días de la introducción del proyecto de reforma se produjeron una serie de interesantes testimonios para la tramitación posterior de la iniciativa legislativa.

El primero fue el del senador André Jacque, católico y padre de cinco hijos, conocido defensor de los derechos a la vida, a llevar armas de fuego y a la protección contra la violencia en el ámbito doméstico. Ante la Comisión de Salud de la asamblea de Wisconsin, calificó de “asquerosa” la consideración del aborto como derecho fundamental.

A continuación intervino Matt Sande, director de legislación de la asociación Pro-Life Wisconsin, para quien la reforma es muy importante, ya que “ser persona es estar completamente protegido por una serie de derechos otorgados por Dios y protegidos constitucionalmente”. Para el señor Sande, el derecho a la vida “es un derecho inalienable basado en la ley natural”.

En tercer lugar testificaron dos abogados del despacho Bopp, de Indiana, que a pesar de defender a una asociación nacional pro-vida se pronunciaron contra la conveniencia práctica de esta reforma. En su opinión, ésta es inútil, tanto en la actualidad como en el futuro. En la actualidad, porque la norma básica relativa al aborto a lo largo de los Estados Unidos sigue siendo la jurisprudencia constitucional de 1973 que lo ampara. Por lo que se refiere al futuro, en el caso de que dicha jurisprudencia fuese modificada, a juicio de estos letrados el poder legislativo de Wisconsin tiene las mismas facultades para prohibir o limitar el aborto tanto con la reforma como sin ella. A mayor abundamiento, el Tribunal Supremo de Wisconsin siempre podría basar un supuesto derecho al aborto, no prohibido por la reforma, en algún otro artículo de la Constitución del estado. Por eso recomiendan una reforma que sea más clara en la prohibición expresa del aborto con rango constitucional.

Posteriormente, la ginecóloga abortista Emily Buttigieg utilizó los consabidos argumentos de la “intromisión en la relación profesional con el paciente” y de la utilización de lenguaje “inflamado, mentiroso y cruel” por parte de los defensores pro-vida. Sin embargo, hizo una afirmación de parte interesante: La reforma “prohibiría cualquier aborto a lo largo del embarazo”.

En sentido opuesto se pronunció Gualberto Garcia Jones, presidente de la Alianza por la Personalidad y experto legal en el asunto del aborto. Es muy probable, sostuvo, que en 1848, los padres de la Constitución de Wisconsin (la más antigua de las norteamericanas si se exceptúan las de Nueva Inglaterra) no previeran derecho alguno al aborto en su artículo primero, a través de la “deshumanización del niño en el seno materno”. Para él, la iniciativa actual asegura que “ningún legislador futuro podrá pretender legalizar el homicidio de los no nacidos”. Por lo dicho arriba sobre la perspectiva americanista, no compartimos dicha afirmación ni pensamos que quepa defenderse, pues ¿acaso el legislador futuro no podría perfectamente legalizar lo que ahora deslegaliza? Conviene añadir que el Sr. Garcia Jones y la organización que representa, aunque contrarios a la eutanasia y partidarios de comparar el aborto con la esclavitud, son defensores de la fecundación in vitro.

Tras el señor Garcia Jones compareció doña Tobey Neuberger, feligresa de la parroquia católica de San Francisco de Borja en la pequeña ciudad de Cedarburg y madre de seis hijos, junto a uno de ellos, Creede, para recordar que ya van para 60 millones los niños estadounidenses legalmente eliminados en el seno materno. Citó el interesante libro “Desigual, los derechos civiles fallaron”, obra del escritor negro Ryan Bomberger, él mismo concebido fruto de una violación y felizmente dado en adopción. El joven Creede, de 13 años, recordó la presencia del Presidente Donald Trump en la reciente Marcha por la Vida en Washington, donde afirmó que “estamos aquí por una razón muy simple – para defender el derecho de todo niño, nacido y no nacido, a alcanzar el potencial que Dios le ha dado. Sabemos que toda alma humana es divina y que toda vida humana, nacida y no nacida, está hecha a imagen santa de Dios Todopoderoso.”

Ken Pientka, ingeniero retirado y vecino de la capital Madison, comparó el aborto con la denegación de la ciudadanía a los negros, la esterilización de deficientes mentales y la denegación del voto a la mujer, todas ellas decisiones que fueron del Tribunal Supremo de los Estados Unidos. Frente a ello, los avances médicos demuestran una y otra vez la existencia de vida humana desde la concepción.

Jim Schmidt, constructor y padre de siete hijos, reafirmó el derecho a la vida como otorgado por Dios y reconocido por los tribunales hasta 1973. Apoyando una vez más esta consideración teológica a partir del estado de la ciencia, recordó que los manuales básicos de biología reconocen la existencia de vida humana desde que “las células del esperma del padre y las células del óvulo de la madre se unen”.

La doctora Mary Anne Urlakis, directora del Instituto Donum Vitae y experta en bioética, recordó la estructura única de ADN que cada ser humano posee desde la concepción como un argumento científico irrefutable. Sobre él apoyó la consideración religiosa de que, como sostuvieron los Padres Fundadores de los Estados Unidos, toda persona humana es creada por Dios, a Su imagen y semejanza, por lo que toda persona humana es sagrada.

La doctora Elizabeth Larson, especialista en medicina familiar, se detuvo en la consideración del término “ser” para equiparar al cigoto existente en el seno de la madre con los demás seres humanos, señalando su independencia como tal desde el primer momento de su existencia, tanto por lo que se refiere a los mecanismos biológicos inconscientes que lo configuran como tal ser humano independiente (trofoblasto y embrioblasto) como también por lo que se refiere a su propia conciencia personal en tanto que “yo” como diferente del “otro” desde los primeros momentos de vida. Por el contrario, recordó cómo el término médico “feto” se ha utilizado frecuentemente para deshumanizar al niño en el seno materno, un procedimiento equivalente al utilizado contra negros, judíos o tutsis en diferentes supuestos recientes de genocidio.

Los obispos católicos de Wisconsin se pronunciaron igualmente a favor de la intención de la medida legislativa, manteniéndose más neutrales en lo relativo a su utilidad. La verdad es que el tono final de la intervención episcopal es, cuando menos, insatisfactorio: “En este asunto del aborto, altamente polémico, urgimos a todos a respetar las diferencias legítimas, al tiempo de ayudar en lo posible a las mujeres y a sus hijos no nacidos”.

Finalmente, como era de esperar, la Alianza de Wisconsin para la Salud de las Mujeres se posicionó contra la reforma constitucional, como medida contraria al aborto. Una vez más, la justificación de parte es relevante: La medida “prohibiría todo aborto en cualquier momento del embarazo”.

Para producirse la reforma constitucional, es necesario que una mayoría de diputados de la asamblea y posteriormente de senadores la aprueben, seguidas de la ratificación en referéndum por parte de los ciudadanos de Wisconsin. En la asamblea, los miembros del Partido Republicano gozan de una mayoría aplastante de 63 diputados frente a sólo 35 del Partido Demócrata, por lo que no cabe esperar demasiados problemas.

Sin embargo, en el senado del estado la mayoría es sólo de 18 frente a 15, de lo que se deduce que cualquier disensión en el seno del grupo podría dar al traste con la propuesta.

Miguel Toledano Lanza

Domingo de Quincuagésima, 2020

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Author: Miguel Toledano
Miguel Toledano Lanza es natural de Toledo. Recibió su primera Comunión en el Colegio Nuestra Señora de las Maravillas y la Confirmación en ICADE. De cosmovisión carlista, está casado y es padre de una hija. Es abogado y economista de profesión. Ha desempeñado distintas funciones en el mundo jurídico y empresarial. Ha publicado más de cien artículos en Marchando Religión. Es fiel asistente a la Misa tradicional desde marzo de 2000. Actualmente reside en Bruselas. Es miembro fundador de la Unión de Juristas Católicos de Bélgica.