¿En qué consiste el deber conyugal? ¿Cuáles son los deberes de los esposos en el matrimonio?
El deber conyugal. Por Raoul Plus, S.J
Traducido por Augusto Pozuelos para Marchando Religión
Las exigencias de la vida matrimonial emanan sobre todo de la Ley Natural; en otras palabras, la recta razón por sí misma, las revelaría a la conciencia. Incluso si Cristo nunca hubiera venido, si la Revelación nunca se hubiera dado, estos requisitos serían los que son.
La Iglesia, manteniéndose en la doctrina de Cristo, simplemente los sostiene con su autoridad suprema; ella no los instituye. Se limita a reafirmar la ley, explicar su aplicación, aclarar el ideal cada vez que alguien intenta oscurecerlo.
Para ello contamos con varias encíclicas de los papas como Maximum Illud, de León XIII y Casti Connubii, de Pío XI y también cartas pastorales emitidas periódicamente por los obispos cuando surge la necesidad.
Una de las cartas más completas sobre el deber conyugal es la escrita por el cardenal Mercier. Recordando a la gente de su diócesis la verdadera doctrina sobre el matrimonio, explica el concepto cristiano de la vida conyugal:
“La razón original y primaria de la unión del hombre y la mujer es el fundamento de una familia, la concepción de los hijos que tendrán el honor y la obligación de criar en la fe y en los principios cristianos. “Parece, por tanto, que el primer efecto del matrimonio es un deber que el casado no puede evitar . . . Cuán lejos de la verdad están quienes presentan el matrimonio como una unión cuyo único propósito es el amor físico … La atracción por el coito conyugal es legítima, sin lugar a dudas. Pero tal satisfacción del apetito sexual sólo es justificable en la función para la que estaba destinada y que debía asegurar”.
“Cuán grave, pues, es el pecado de los que burlan la ley divina en este asunto. Se comete pecado mortal cada vez que un acto positivo deliberado impide la concepción de un niño”.
De manera deliberada, antes, durante o después del coito, tomar precauciones destinadas a evitar la concepción constituye un acto formal y gravemente ilícito.
La insidiosa propaganda sobre el control de la natalidad que se difunde a través de folletos, conferencias y anuncios no es más que un esfuerzo por dar carta de legalidad a los ataques contra la vida.
El cardenal Mercier condena a los médicos, farmacéuticos o parteras que traicionan su misión social. Está prohibido atacar la vida, incluso en el acto generativo mismo, es decir, en el mismo punto de origen. Y quien se atreva a matar al viviente formado en el vientre de su madre, es castigado por la Iglesia con censura reservada al obispo. Eso significa que el sacerdote que los absuelva debe obtener del obispo una autorización especial para hacerlo, aunque no es necesario que mencione sus nombres.
Cómo el pensamiento de todas las almas sacrificadas por fraudes al débito conyugal debe incitarme a rezar por la santidad de la vida familiar y la observancia general de la vida conyugal.
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